Estafas a consumidores y pago del préstamo.

Extracto del psot: En esta entrada vamos a dar algunas nociones de las acciones que podrían emprender aquellas personas, consumidoras, que hayan sido presuntamente estafados por una empresa, y en particular si podrán o no dejar de pagar los créditos suscritos  para poder acceder al servicio que finalmente no han obtenido.

Post editado en fecha 1-2-2016, por el abogado en Granada,  Ramón E. Escribano Garés, experto en reclamaciones de consumidores.

*.- Estafas a consumidores: Planteamiento: 

En este post vamos a analizar un caso que, por desgracia, últimamente tiene mucha difusión pública. Nos referimos al típico caso en el que muchos consumidores contratan con una empresa un servicio, como por ejemplo un curso de inglés, un tratamiento dental, o cualquier otro tipo de servicio profesional.

Para adquirir dicho servicio la empresa que lo suministra, hace firmar al consumidor un contrato en el que además de pactar y describir en que consiste ese servicio en particular, se pacta una forma de pago particular. Esta forma de pago, normalmente consiste en una entrega a cuenta en efectivo en ese momento y el resto en pagos aplazados de carácter mensual.

Es muy común en este tipo de contratos, que los mismos lleven una clausula que se denomina de «cesión del contrato» a una entidad financiera en particular, y a veces incluso a varias financieras, que son a las que el consumidor, (cuando la empresa les ceda el contrato),  tendrá que pagar los diferentes plazos del precio en que consiste el servicio adquirido por este.

Una vez firmado todo en los términos expuestos, ocurre que la empresa «cierra», se marcha sin prestar la totalidad del servicio contratado, por lo que el consumidor se siente estafado, ya que pese a no recibir el servicio contratado si tiene que seguir pagando el precio aplazado del mismo a la financiera o entidad bancaria a la que se cedió el crédito.

Si todo esto ocurre ¿tiene el consumidor que seguir pagando a la financiera el precio aplazado?. Vamos a dar seguidamente alunas nociones.

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*.- Estafas a consumidores ¿tengo que seguir pagando el préstamo?. 

La respuesta a esta pregunta en ningún caso podrá ser de carácter general, ya que habrá que analizar el caso en concreto, esto es, el contrato suscrito en particular por cada consumidor, para ver si podría o no dejar de hacer frente a las cuotas del precio aplazado.

No obstante, con carácter general, hay que señalar que en los contratos de este tipo, en los que la empresa que supuestamente iba a prestar el servicio, cede el contrato a una entidad financiera para sea esta la que cobre el resto del precio mensual que queda pendiente, esta cesión del crédito, en principio, no puede perjudicar los derechos que el consumidor tenga con respecto al empresa con la que contrata el servicio,y por ello, el consumidor podrá oponer a la entidad financiera que ha recibido el contrato mediante la referida cesión, todos y cada uno de los derechos que el consumidor tuviera con respecto a la empresa. Por ello, si la empresa no presta el servicio contratado, el consumidor podrá rescindir el contrato, esto es dejarlo sin efecto, y por ello no pagar el resto del precio aplazado.

Estafas a consumidores ¿puedo dejar de pagar el préstamo a la financiera?. Llame al 958-274169 y le enviaremos presupuesto gratis.
Estafas a consumidores ¿puedo dejar de pagar el préstamo a la financiera?. Llame al 958-274169 y le enviaremos presupuesto gratis.

Lo dicho en el párrafo anterior debe ser entendido con carácter general y como una posibilidad de defensa del consumidor frente a las estafas de este tipo de empresas. como hemos mencionado habrá que analizar cada contrato en particular para poder valorar si es posible la resolución del contrato y por ello dejar de pagar el precio aplazado que la entidad financiera sin duda nos reclamará.

En nuestro despacho contamos con los medios humanos y materiales necesarios para hacer frente a este tipo de estafas a consumidores. Si usted ha sufrido una estafa de este tipo pueden ponerse en contacto con nosotros en el 958-274169 o enviarnos un e-mail al 4135@icagr.es, contándonos su caso, enviándonos su contrato para que podamos analizarlo y aconsejarle si es posible o no, en su caso particular, dejar de pagar el resto del precio aplazado e incluso recuperar lo ya pagado. Todo este análisis previo es gratis. Una vez analizado su caso le enviaremos un presupuesto sin compromiso.  si lo prefieren pueden ponerse en contacto con nosotros rellenando y enviando el formulario de contacto siguiente.

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NOTA: En esta entrada explicamos el supuesto tratado en la misma vigente a la fecha de su publicación, sin que nos hagamos responsable de futuras modificaciones al respecto.

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