¿ Como se presentan los documentos que se exigen en los procedimientos de extranjería?

Extracto: En este post vamos a analizar en que forma y de que modo se tienen que presentar los diferentes documentos que se exigen en los procedimientos de extranjería que se tramitan en España.

Post editado por Ramón E. Escribano Garés (Abogado) en fecha 23-9-2014

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*.- Introducción:

La vigente normativa de extranjería en España prevé, en muchos casos, la necesidad de aportar documentos expedidos por las autoridades del país de origen del extranjero en particular que se presenta en las oficinas de extranjería españolas solicitando algún tipo de residencia, y ello al objeto de que las autoridades españolas puedan valorar la concesión o denegación de dichas autorizaciones de residencia, de trabajo o de mera estancia. Seguidamente vamos a explicar que requisitos deben tener estos documentos para ser válidos y como se deben traducir.

*.- Requisitos para que los documentos que se presentan en los expedientes de extranjería sean válidos:

Salvo que exista un convenio con el país de origen del extranjero en particular que acude a la oficina de extranjería, que le exima de legalizar estos documentos, para legalizar los documentos que se presenten en el expediente en particular , los mismos se presentarán legalizados de alguna de las siguientes maneras que a continuación exponemos:

– Apostillado, si el país que expide el documento es parte del Convenio de la Haya . En este enlace pueden conocer que países son los firmantes de este convenio con solo pinchar aquí

– Legalizado por via diplomática, si el país que expide el documento no es miembro del tratado de la Haya.

Documentos y extranjería

Documentos. ¿ Cómo se presentan los documentos en las oficinas de extranjería?

Además de lo anterior, el documento debe estar traducido al castellano, o en el supuesto de que la tramitación corresponda a órganos con sede en una Comunidad Autónoma, se podrá utilizar la lengua que sea co-oficial en la misma.

*.- ¿ En que consiste la Apostilla en los documentos?

De acuerdo con el Convenio de la Haya la única formalidad que se exige para los documentos procedentes de los estados miembros de dicho convenio es el sello de la Apostilla que coloca la autoridad competente del Estado que expide el documento. Con esto ya adquiere la validez necesaria.

*.- ¿ En que consiste la legalización por vía diplomática de documentos?

Se trata de un procedimiento administrativo para legalizar documentos públicos extranjeros de los Estados que no son miembros del Convenio de la Haya . Por ello el documento deberá ser legalizado  por la Embajada o Consulado de España  con jurisdicción en el país  en el que se ha expedido el documento, conteniendo, por ello, la firma de legalización de la embajada o consulado y la preceptiva etiqueta de seguridad

*.- Traducción al castellano:

Por último hay que señalar que todos los documentos deben ser traducidos al castellano, siendo solo válidas las efectuadas o bien, por un interprete jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, o bien las traducciones hechas o revisadas por las misiones diplomáticas u oficinas Consulares de España en el Extranjero o en su caso, las realizadas por las misiones diplomáticas u oficinas consulares del país de origen del documento en España que deberán ser apostilladas o legalizadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores ( Sección de legalizaciones), conteniendo la preceptiva etiqueta de seguridad.

*.- Compartan este post:

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