Caída en la calle y lesiones. ¿Cómo reclamar?

Extracto del post: en esta entrada vamos a dar respuesta a una pregunta que se repite de forma constante en los despachos de abogados y que consiste ¿cómo puedo reclamar las lesiones que he sufrido por tener una caída en la calle?.

Post editado por el abogado en Granada, Ramón Escribano Garés, experto en reclamaciones de responsabilidad civil y seguro, en fecha 23-11-2016.

*.- Caída en la calle y lesiones: planteamiento:

El caso que queremos explicar es el siguiente:

.- Una persona va andando por la acera de una calle.

.- En un momento dado, la acera presenta algún tipo de desperfecto, como un socavón, losetas suelas o levantadas, o cualquier otro defecto que provoca que la persona que deambula por la misma tropiece y caiga contra el suelo.

.- Como consecuencia de dicha caída, la persona de nuestro ejemplo sufre una fractura de su brazo además de lesiones en diversas partes del cuerpo.

.- Las preguntas que estos hechos generan suelen ser:

1.- Cómo debo de actuar para poder probar los hechos?.

2.- Cómo y a quién puedo reclamar una indemnización por las lesiones sufridas?

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*.- Caída en la calle y lesiones: ¿Cómo probamos los hechos?.

Lo primero y mas importante ante un hecho como el presente, es poder demostrar lo que ha ocurrido, donde ha ocurrido y como ha ocurrido.

Por ello es básico en este tipo de casos que el lesionado, o cualquier persona que pueda asistirlo en ese momento:

1.- Llame a la policía local de su ciudad para que comparezcan en el lugar.

El objeto de esta llamada es para que levanten un atestado o croquis de campo de lo ocurrido, tanto de la realidad de la caída, de la causación de las lesiones y del estado de la acera donde ha ocurrido.

El valor de estos documentos que genere la policía local va a ser clave y muy relevante para el éxito de la posterior reclamación.

2.- Hacernos de los nombres y DNI de testigos presenciales de los hechos para que en su momento puedan corroborar todos estos hechos ante el Ayuntamiento responsable, en primer lugar y si fuera necesario ante el Juzgado.

3.- Sacar fotografías del lugar donde ha ocurrido la caída, procurando que dichas fotos lleven incrustada la fecha.

4.- Solicitar del Ayuntamiento un informe sobre el estado de dicha acera al objeto de acreditar este extremo.

5.- Es muy importante que la persona que ha sufrido la caída y las lesiones sea asistida en el lugar por una ambulancia, al objeto de acreditar el lugar exacto de la caída y la necesidad de tratamiento médico.

6.- Obtener y custodiar todos los documentos médicos que las lesiones sufridas hayan generado, ya que sobre ellos habrá que elaborar una pericial médica de valoración de dichos daños.

Caída en la calle y su reclamación.

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*.- Caída en la calle y lesiones: ¿Cómo y a quién puedo reclamar una indemnización por las lesiones sufridas?

Tras sufrir la caída y una vez curada de las lesiones, o la menos cuando las mismas estén estabilizadas, el primer paso consistirá en elaborar un informe médico pericial de valoración del daño corporal sufrido en este hecho.

Con este informe podremos cuantificar el importe de la indemnización a solicitar por dichas lesiones.

Pero ¿a quién reclamamos?. Hay que reclamar al propietario de la vía donde ha ocurrido la caída. Con carácter general será el Ayuntamiento correspondiente. No obstant6e, para no equivocarnos habrá que solicitar del ayuntamiento un certificado que acredite la titularidad de dicha vía pública.

 Y ¿cómo se inicia la reclamación?. La reclamación se inicia mediante un escrito en que exponemos ordenadamente los hechos ocurridos y las pruebas que lo acreditan, para terminar solicitando una indemnización en particular. Con este escrito se iniciará en el Ayuntamiento (caso de ser el responsable) un expediente administrativo de responsabilidad patrimonial.

En cuanto a como se tramita este expediente lo explicaremos en otro post par no alargarnos en exceso.

A la finalización de dicho expediente administrativo el Ayuntamiento (caso de ser el responsable), nos indicará la resolución que adoptan al respecto de nuestra petición. Si es positiva nos indemnizarán por las lesiones sufridas y si es negativa tendremos que acudir a la vía judicial.

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NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, caída en la calle y lesiones, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

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