Autónomos. Tarifa Plana sobre las cotizaciones en este régimen.

Extracto del post En esta entrada vamos a explicar las bonificaciones de las que pueden disfrutar los autónomos a partir del 1 de Marzo del 2015 como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2015 de 27 de Febrero de mecanismos de segunda oportunidad, es decir, la conocida como tarifa plana de los autónomos.

Post editado por el abogado Ramón E. Escribano Garés en fecha 29-4-2015.

Suscríbase a esta web y recibirá en su e-mail totalmente gratis todos los post que se publiquen en la misma. Sólo pinche en el siguiente botón y déjenos su correo electrónico. SUSCRIBETE


*.- Autónomos y tarifa plana de las cotizaciones. Planteamiento:

Como es sabido, una persona que se da de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos con la idea de establecer un negocio o actividad profesional, se ve en la obligación de iniciar el pago de una cuota mensual que, para el año 2015, se encuentra fijada por la ley en 264,44 euros.

El Real Decreto Ley antes referido, con la intención de apoyar y fomentar el auto-empleo, y así reactivar la economía en este sector tan importante par al sociedad,  ha establecido una serie de bonificaciones para esta cuota mensual. Bonificaciones que, sin duda, son un verdadero apoyo al inicio de una activad de este tipo, ya que supone una considerable reducción de la cuota inicial a pagar y ello en unos momentos (inicio de la actividad de autónomos, donde todo el ahorro sin duda es bien recibido y un claro apoyo para invertir en el nuevo negocio que da causa al alta en el régimen de autónomos.

*.- Autónomos que estuvieran dados de alta antes de la entrada en vigor de este Real Decreto ley:

Los autónomos que estuvieran ya dados de alta antes de la entrada en vigor del Real Decreto Ley y que fueran hombres menores de 30 años o en su caso mujeres menores de 35 años, tendrán derecho a una reducción (15 meses) y una bonificación (15 meses adicionales) del 30% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo que corresponda.

*.- Autónomos menores de 30 años y sus bonificaciones:

Las personas menores de 30 años que causen alta inicial en el Régimen de autónomos, tendrán derecho a las reducciones/bonificaciones que ahora señalamos, pero siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

que sea un alta inicial y no hubieran estado en situación de alta en éste régimen durante los 5 años inmediatamente anteriores.

que sean menores de 30 años de edad

que no empleen trabajadores por cuenta ajena en su actividad.

A este colectivo de autónomos les serán de aplicación las siguientes bonificaciones:

Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 primeros meses siguientes al alta.

Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los seis meses siguientes al periodo señalado anteriormente.

Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los tres meses siguientes al periodo señalado justo en el apartado anterior.

Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización de todo el periodo de reducción antes referido.

Cómo es de ver la ayuda tiene un periodo de duración total de 30 meses ininterrumpidos.

Autónomos y tarifa plana

Autónomos y tarifa plana a ciertos colectivos.

*.- Autónomos mayores de 30 años y sus bonificaciones:

Los trabajadores autónomo mayores de 30 años y que causen alta inicial o que al menos no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, podrán aplicarse el siguiente régimen de reducciones y bonificaciones  sobre la cuota por contingencias comunes. durante un plazo máximo de 18 meses, según esta escala:

Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 primeros meses siguientes al alta.

Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los seis meses siguientes al periodo señalado anteriormente.

Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los seis meses siguientes al periodo señalado justo en el apartado anterior.Igualmente, estas reducciones no serán de aplicación en el caso de que el autónomo emplee trabajadores en su actividad

Pueden acceder a un cuadro explicativo de todas estas reducciones y bonificaciones pinchando aquí y accediendo a la página 17 de dicho documento.

Síganos en redes sociales pinchando en el logo de su red social favorita de las siguientes: Youtube  Facebook  Google+   Twitter

*.- Compartan este post:

Si les ha gustado esta entrada pueden compartirla con sus amigos en redes sociales y para ello sólo basta con que pinchen en el logo de su red social favorita de los que se ofrecen en la barra vertical de la entrada o en las barras de inicio y fin del post.

si quieren dejarnos una pregunta o comentario pueden hacerlo en el recuadro del final o enviar un e-mail a ramonescribanogares@gmail.com y le contestaremos a la mayor brevedad. LA PRIMERA CONSULTA ES GRATIS.

Si quieren encargarnos un asunto, envíenos un correo electrónico explicándonos su problema y le remitiremos un presupuesto totalmente gratis y sin compromiso.Nos adaptamos a su forma de pago.

NOTA: En esta entrada explicamos el estado de la materia tratada vigente a la fecha de su publicación sin que nos hagamos responsables de futuras modificaciones al respecto. 

ÚLTIMOS POST

POST RELACIONADOS

Plusvalía ¿quién está obligado a su pago?

Plusvalía ¿quién está obligado a su pago?

[vc_row][vc_column][vc_column_text] Plusvalía. Pago del impuesto sobre plusvalía ¿quién está obligado a su pago?.  Extracto del post: En esta entrada vamos a analizar un hecho muy común en los contratos de compraventa de viviendas o locales, y es el hecho de que el...

leer más
Renta 2015 obligación de declarar y plazos.

Renta 2015 obligación de declarar y plazos.

Renta 2015. Obligación de declarar y plazos para ello. Extracto del post: En esta entrada vamos a explicar que personas tiene que presentar obligatoriamente la declaración de la renta del ejercicio 2014,que se presenta en el año 2015, y en particular vamos a...

leer más
error: Content is protected !!